Arraigo Laboral

Arraigo Laboral

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Concepto:


Es una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales que se podrá conceder a ciudadanos extranjeros que se hallen en España y hayan tenido relaciones laborales durante un mínimo de seis meses en los últimos 2 años. Esta autorización incluye también permiso de trabajo.


Requisitos:


  • Prueba de estancia continuada en España durante al menos 2 años.
  • Informe de vida laboral que acredite 6 meses de trabajo, necesario cumplir un minino de horas semanales entre 30 y 40 h durante estos 6 meses
  • Copia completa del pasaporte ( todas las paginas).
  • Antecedentes penales país de origen legalizados y apostillados.
  • Tasa 790 052, epígrafe 2.5 (el importe fijado para el año 2022 asciende a  38,28 €).


Procedimiento:


  • Una vez recopilada toda la documentación nos encargaríamos de la presentación en su nombre.
  • El plazo legal de contestación es de 3 meses aunque dependiendo de cada comunidad ese plazo puede verse alterado.
  • Nos haremos cargo también de contestar los requerimientos en su nombre y notificarle las resoluciones relativas a su asunto hasta la pretendida resolución favorable de su expediente.


Estos requisitos para el Arraigo Laboral están destinados principalmente a personas que se encuentran en tramite como Solicitantes de Asilo o Protección internacional  y disfrutan o han disfrutado de autorización de trabajo por esta causa.


Si ya dispone de toda la documentación lo dude, ¡PRESENTAREMOS SU SOLICITUD EN MENOS DE 24 HORAS!







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